Cerramos empresas en Chile
Tú te demoras un día. El resto lo hacemos nosotros. Nos hacemos cargo del término de giro ante el SII y de la disolución de la sociedad, incluso si llevas años sin declarar.
Ver en qué estás, gratisMientras tenga inicio de actividades vigente, esa sociedad que ya no usas sigue obligada a declarar todos los meses. Y no declarar tiene precio.
Cada declaración que no presentas arriesga una multa de 1 UTM a 1 UTA (artículo 97 N°2 del Código Tributario). Todos los meses, aunque no vendas nada.
Se acumulan anotaciones que después te complican cualquier trámite, y en algunos casos te bloquean la emisión de documentos tributarios.
El SII exige que estés al día y que hayas pagado antes de certificar el cierre. Postergarlo no lo hace más barato, lo hace más caro.
Quién revisa tu caso
32 años en contabilidad. Treinta y dos años viendo los libros de grandes empresas. Y treinta y dos años haciendo términos de giro: los simples, los que llegan con años de atraso, y los que ya nadie quería tomar.
Lo que agregamos nosotros es que ahora esa experiencia parte antes. Subes tus documentos, el sistema lee tu situación en minutos y deja el caso ordenado, para que nuestro contador no gaste su tiempo contando períodos y lo use en lo único que no se puede automatizar: decidir qué hacer con tu empresa.
Experiencia para saber qué hacer. Tecnología para llegar rápido a esa decisión.
Subes dos documentos que sacas tú mismo del SII y de Tesorería. Te toma cinco minutos y más abajo te mostramos exactamente dónde hacer clic. Para mirar tu caso no necesitamos tu clave.
Cuántas declaraciones te faltan, cuánto debes de verdad y qué cuesta cerrarla. El honorario y lo que le debes al Fisco van separados, y te avisamos qué podría hacer subir el precio antes de que decidas nada.
Nos designas en tu cuenta del SII para ver tu información y presentar tus declaraciones de renta: sin darnos tu clave y revocable cuando quieras. Con eso ordenamos todo, incluidos los balances, el capital propio y la renta líquida. El único paso que la ley no deja delegar es el término de giro en sí, y ese lo haces tú en una sesión de veinte minutos donde te guiamos, o lo hacemos nosotros si prefieres. Tú eliges.
Cuánto cuesta
No tenemos precio de lista,
porque no hay dos casos iguales.
Una empresa al día no cuesta lo mismo que una con tres años sin declarar. Por eso miramos tu caso primero y después te decimos el número, en menos de 24 horas hábiles y sin costo.
El honorario nuestro va por un lado y lo que le debes al Fisco por otro. Nunca un número que mezcle las dos cosas.
Si el SII abre una fiscalización, el trabajo puede crecer. Te decimos antes qué lo puede hacer subir y cuánto.
Si el precio no te acomoda, te quedas igual con el diagnóstico completo de tu empresa. Gratis.
Test de Cierre
Sube los dos documentos y te respondemos en menos de 24 horas hábiles con el diagnóstico de tu empresa y tu precio. Mirar no te cuesta nada y no te compromete a nada.
No, y preferimos decírtelo de entrada. Tu parte se hace en un día: juntas los papeles, firmas y listo. Pero después el SII tiene sus propios plazos, que no dependen de nadie: alrededor de un mes si tu empresa está en Régimen Propyme y va por el procedimiento simplificado, y hasta seis meses por la vía general. Cualquiera que te prometa el certificado en 24 horas te está mintiendo.
No. Nadie puede. El SII exige que la deuda esté pagada antes de certificar el término de giro, así que cerrar no es una forma de escaparse. Lo que sí hacemos es decirte exactamente cuánto es, porque casi siempre la gente cree que debe mucho más de lo que realmente debe.
Sí, y conviene entender por qué. La carpeta tributaria es un documento que tú generas justamente para mostrarle tu situación a un tercero, igual que cuando pides un crédito. Subirla no le da acceso a nadie a tu cuenta del SII: es una foto, no una llave. Para el diagnóstico no necesitamos nada más.
Para el diagnóstico no, ninguna: los dos documentos los generas tú.
Para casi todo el trabajo tampoco. El SII tiene la figura del Representante Electrónico: desde tu propia cuenta ingresas nuestro RUT y eliges qué nos autorizas, sin entregarnos ninguna clave y revocándonos cuando quieras. Con eso vemos tu situación completa y presentamos tus declaraciones de renta.
Ahora, algo que casi nadie te va a decir: el término de giro en sí no se puede delegar. Ese trámite se presenta desde la cuenta del contribuyente y no hay vuelta. Así que para ese último paso hay dos caminos y eliges tú:
Lo haces tú, acompañado. Agendamos veinte minutos, entras a tu cuenta y te vamos diciendo exactamente qué apretar. Tú aprietas, tú ves todo, y tu clave no sale de tus manos.
O lo hacemos nosotros. Si prefieres desentenderte, nos compartes tu clave tributaria y lo dejamos listo. Te decimos por escrito qué vamos a hacer con ella, la usamos solo para eso, y al terminar te recomendamos cambiarla. Es lo mismo que hace un contador de toda la vida, solo que dicho de frente.
Si tiene inicio de actividades, sí: sigue obligada a declarar todos los meses aunque nunca haya vendido un peso. Y ojo con algo que casi nadie sabe: el término de giro ante el SII no disuelve la sociedad. Son dos cierres distintos, y nosotros hacemos los dos.
Cinco minutos ahora, y en 24 horas sabes exactamente en qué estás.